La Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ha aprobado hoy la inscripción de la celebración de san Juan de Ávila, presbítero y doctor de la Iglesia, en el Calendario Romano General.
Esto supone que la fiesta de nuestro titular de la Hermandad e hijo adoptivo de Baeza, se celebrará en toda la Iglesia universal.
A continuación, transcribimos el Decreto de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos fechado hoy, 2 de febrero de 2021.
CONGREGATIO DE CULTU DIVINO ET DISCIPLINA SACRAMENTORUM
DECRETO sobre la inscripción de las celebraciones de san Gregorio de Narek, abad y doctor de la Iglesia, san Juan de Ávila, presbítero y doctor de la Iglesia y santa Hildegarda de Bingen, virgen y doctora de la Iglesia, en el Calendario Romano General
La santidad se vincula con el conocimiento, que es experiencia del misterio de Jesucristo, indisolublemente unido al misterio de la Iglesia. Este vínculo entre santidad e inteligencia de las cosas divinas y también humanas, brilla de modo particular en aquellos que han sido adornados con el título de «doctor de la Iglesia». De hecho, la sabiduría que caracteriza a estos varones y mujeres no les concierne solo a ellos, ya que, al convertirse en discípulos de la Sabiduría divina, se han convertido a su vez en maestros de sabiduría para toda la comunidad eclesial. Por este motivo, los santos y las santas «doctores» son inscritos en el Calendario Romano General.
Por ello, teniendo en cuenta que recientemente han sido reconocidos con del título de doctor de la Iglesia grandes santos de Occidente y Oriente, el Sumo Pontífice Francisco ha decretado inscribir en el Calendario Romano General con el grado de memoria ad libitum:
san Gregorio de Narek, abad y doctor de la Iglesia, el día 27 de febrero,
san Juan De Ávila, presbítero y doctor de la Iglesia, el día 10 de mayo,
santa Hildegarda de Bingen, virgen y doctora de la Iglesia, el día 17 de septiembre.
Estas nuevas memorias deben ser inscritas en todos los Calendarios y Libros litúrgicos para la celebración de la Misa y la Liturgia de las Horas; los textos litúrgicos que han de ser adoptados, adjuntos al presente decreto, deben ser traducidos, aprobados y, tras su confirmación por parte de este Dicasterio, publicados por las Conferencias Episcopales.
Sin que obste nada en contrario.
En la sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos, a 25 de enero de 2021, fiesta de la Conversión de san Pablo, apóstol.
Robert Card. Sarah
Prefecto
X Arthur Roche
Arzobispo Secretario
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